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domingo, 18 de noviembre de 2012

No a las tasas judiciales: “Justicia para quien pueda pagársela”

A partir del próximo año 2013, primero de año, las reclamaciones de cantidad, tendrán un coste adicional.

* ampliar aún más las exenciones de pago de tasas a más organismos públicos, por si fueran pocas las exenciones en favor del Estado previstas en el proyecto. Por lo visto no era suficiente desigualdad que el Estado, las Comunidades Autónomas, más organismos y el Fiscal ya estuviera previsto en el proyecto que no pagaran tasas cuando litigaran contra un particular, y éste sí.

y eliminar tasa en esta ridícula lista de casos, cuya lectura produce estupor:
  • casos de reclamación contra el Estado por silencio administrativo. Qué menos; cuando el Estado ni siquiera contesta a las reclamaciones y hay que irse al juzgado para conseguir un sí o un no, todavía se pretendía que quien demandara pagara tasas. Sin comentarios.
  • casos en el que en un mismo pleito se reclaman varias cosas; en vez de sumarse las tasas por cada pretensión, que ya era inconcebible, se dice que solo se tendrá en cuenta una de las pretensiones; bien, pero por lo visto de igual que la tasa siga llegando de todas formas a MUCHOS centenares y MILES, repito MILES de euros.
  • pequeños monitorios inferiores a 2.000€. Los monitorios son un tipo muy concreto de reclamación judicial de cantidad. Pero se mantienen  las tasas en absolutamente TODO el resto de reclamaciones de otro tipo de pequeña cuantía que no encajen en monitorios, que son la inmensa mayoría, como todos los temas de Derecho del Consumo. Que se mantenga ese criterio es magnífica noticia para las empresas que sistemáticamente abusan de los consumidores.
  • interposición de recursos contenciosos-administrativos por funcionarios públicos en temas de personal. Solo interposición, no los posteriores recursos ni vicisitudes. Y por la información disponible parece que interinos y otras figuras no funcionariales sí pagarían tasas; si así fuera, es “lógico” en momentos en que la Administración están desprendiéndose de tanto personal.
  • y ejecución de títulos extrajudiciales (simplificando para no juristas, pedir al juzgado que haga cumplir lo que recojan determinados documentos no judiciales, como un acuerdo entre dos partes con determinadas formalidades); algo estadísticamente residual.
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 http://tomalapalabra.periodismohumano.com/2012/11/09/no-a-las-tasas-judiciales-justicia-para-quien-pueda-pagarsela-y-ninguna-para-el-que-no-pueda/